Artículo 665 del Código de Comercio
Cambio de local
Libro III. De las cosas mercantiles · Título III. De la empresa mercantil y de sus elementos · Capítulo II. De algunos elementos de la empresa mercantil · Sección Primera. Del establecimiento
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El cambio de local del establecimiento principal, deberá ponerse en conocimiento público por aviso que se publicará en el Diario Oficial; deberá también inscribirse en el Registro Mercantil. La falta de publicación, da al acreedor derecho a exigir daños y perjuicios.