Artículo 44 de la Ley de Emisión del Pensamiento
Capítulo IV. Derechos de aclaracion y rectificacion
Congreso de la República · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los periódicos que hubiesen incurrido en calumnia o injuria contra las personas, estarán obligados en todo caso a publicar la rectificación que solicitare el ofendido sin perjuicio de la sanción legal correspondiente. Si la responsabilidad no corresponde al periódico, la rectificación o aclaración se hará por cuenta del autor.