Artículo 734 del Código de Comercio
Cuenta corriente
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo IV. Operaciones de credito · Sección Tercera. Del contrato de cuenta corriente
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
En virtud del contrato de cuenta corriente, los créditos y débitos derivados de las remesas recíprocas de las partes, se considerarán, respectivamente, como partidas de abono y cargo en la cuenta de cada cuentacorrentista y sólo el saldo que resulte al cierre de la cuenta constituirá un crédito exigible en los términos del contrato.