Artículo 869del Código Civil
Cupones de las cédulas
Reformado
Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales · Título V. Derechos reales de garantía · Capítulo II. Cedulas hipotecarias
Si el crédito devenga intereses y éstos no se hubieren descontado, se agregará a cada cédula tantos cupones que sirvan de título al portador para la cobranza de aquellos, como períodos de pago de intereses.
(Reformado por el Artículo 50 del Decreto-Ley 218).