Artículo 79del Código de Migración
Disposiciones administrativas
Libro I. Derechos en General · Título II. Derecho Migratorio · Capítulo IV. Permanencia de personas extranjeras y su estatus ordinario migratorio
El Instituto Guatemalteco de Migración deberá emitir el reglamento correspondiente desarrollando los procedimientos, formas y tasas que deben ser cumplidas y pagadas para el otorgamiento, revocación, prórroga y demás efectos que los estatus ordinarios migratorios requieran.