Artículo 429del Código de Trabajo
Título Decimosexto · Capítulo Único. Del recurso de responsabilidad
Procede el Recurso de Responsabilidad contra los jueces y magistrados de Trabajo y Previsión Social:
a)Cuando retrasen sin motivo suficiente la administración de justicia;
b)Cuando no cumplan con los procedimientos establecidos;
c)Cuando por negligencia, ignorancia o mala fe, causaren daño a los litigantes;
d)Cuando estando obligados a razonar sus pronunciamientos no lo hicieren o lo hicieren deficientemente;
e)Cuando faltan a las obligaciones administrativas de su cargo; y
f)Cuando observaren notoria mala conducta en sus relaciones públicas o privadas.
Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades de otro orden en que pudieren incurrir.