Artículo 425del Código Penal
Abuso contra particulares
Libro Segundo. Parte especial · Título XIII. De los delitos contra la administración pública · Capítulo II. De los delitos cometidos por funcionarios o por empleados públicos
El funcionario o empleado público que ordenare apremios indebidos, torturas, castigos infamantes, vejaciones o medidas que la ley no autoriza, contra preso o detenido, será sancionado con prisión de dos cinco años e inhabilitación absoluta. Igual sanción se aplicará a quienes ejecutaren tales órdenes.