Artículo 572del Código Procesal Civil y Mercantil
Carga de las costas
Libro Quinto. Alternativas comunes a todos los procesos · Título IV. Inventarios y avaluos consignacion y costas · Capítulo III. Costas
Cada parte será directamente responsable de los gastos que se ocasionen por los actos que lleve a cabo y por los que pida, debiendo anticiparlos cuando así lo establezca la ley. En caso de condenación en costas, la parte condenada indemnizará a la otra de todos los gastos necesarios que hubiere hecho.