Artículo 82del Código Procesal Civil y Mercantil
Razón de envío
Libro Primero. Disposiciones generales · Título IV. Los actos procesales · Capítulo IV. Exhortos, despachos y suplicatorios
El secretario o el notificador deberán poner en los autos una razón firmada por ellos, en la que conste la fecha en que se expide el exhorto, despacho o suplicatorio, el juez a quien se dirige, el medio de conducción -que puede ser el propio interesado-, el número de folios y los anexos que contenga.