LOJ · Artículo 175

Artículo 175del Ley del Organismo Judicial

Razón en los autos

Título V. Disposiciones complementarias · Capítulo III. Certificaciones

En los expedientes o actuaciones pondrá el secretario, bajo su responsabilidad, razón de la fecha en que se diere la copia, haciendo una relación suscinta de ella.

Cómo citar

Art. 175, Ley del Organismo Judicial de Guatemala (Decreto 2-89), texto al 31 de julio de 2025, codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-175/

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Fuente

Ley del Organismo Judicial (Decreto 2-89 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de julio de 2025.