Artículo 280del Código Procesal Penal
Garantía
Libro Primero. Disposiciones generales · Título III. La actividad procesal · Capítulo VI. Medidas de coerción · Sección Quinta. Embargo y otras medidas de coerción
El imputado, su defensor y el tercero civilmente demandado, podrá solicitar del querellante y del actor civil extranjero o transeúnte, en la forma prevista por el Código Procesal Civil y Mercantil, el aseguramiento de las costas, daños y perjuicios.