Artículo 479del Código Procesal Penal
Medidas de coerción
Libro Cuarto. Procedimientos específicos · Título III. Juicio por delito de acción privada
Sólo se podrán ordenar medidas de coerción personal para la citación y los que correspondan al caso de peligro de fuga u obstaculización para la averiguación de la verdad.