Artículo 93del Ley de Bancos y Grupos Financieros
Supervisión
Título X. Fondo para la proteccion del ahorro · Capítulo Único
El Fondo para la Protección del Ahorro estará sujeto a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos.
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Título X. Fondo para la proteccion del ahorro · Capítulo Único
El Fondo para la Protección del Ahorro estará sujeto a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos.
Art. 93, Ley de Bancos y Grupos Financieros de Guatemala (Decreto 19-2002), texto al 31 de marzo de 2026, codicegt.com/ley-de-bancos/articulo-93/
Ley de Bancos y Grupos Financieros (Decreto 19-2002 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compendio de Normativa de Derecho Bancario, al 31 de marzo de 2026.