Artículo 8 de la Ley de Garantías Mobiliarias
Aplicación supletoria
Título I. Objeto, naturaleza, concepto de garantía mobiliaria y ámbito de aplicación de esta ley
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
En lo no dispuesto por esta ley, se estará a lo establecido por la legislación mercantil, civil y a los usos y costumbres, siempre y cuando no contradigan los principios que sustentan la presente ley y que en todo caso, deben interpretarse de conformidad con los mismos.