Artículo 24 de la Ley de la Tercera Edad
Reformado
Capítulo IV. Régimen de Seguridad y Previsión Social TRABAJO
Gobernación Departamental de Retalhuleu · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social promoverá programas de reinserción laboral y capacitación empresarial a las personas de tercera edad, que su capacidad, funcionalidad y necesidad lo ameriten, dándole preferencia a los que no gocen de ningún beneficio.
Historial de reformas
- 1998
Reformado
Decreto 51-98, art. 1
- Corte
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Nota de la fuente: * Reformado por el Artículo 1 del Decreto Número 51-98 del Congreso de la República