Artículo 28 de la Ley de la Tercera Edad
Reformado
Capítulo IV. Régimen de Seguridad y Previsión Social TRABAJO
Gobernación Departamental de Retalhuleu · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, realizará estudios actuariales de la situación económica de las personas de tercera edad y ancianos, para mejorar en la medida de lo posible su calidad de vida.
Historial de reformas
- 1997
Reformado
Decreto 2-97, art. 3
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: * Reformado por el Artículo 3 del Decreto Número 2-97 del Congreso de la República