Artículo 62 de la Ley de Minería
Determinación de regalías
Título IV. Fondos privativos y régimen financiero · Capítulo II. Régimen financiero
Ministerio de Energía y Minas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las regalías se determinarán mediante declaración jurada del volumen del producto minero comercializado, con base en el valor de cotización del producto en mercados internos o en bolsas internacionales.