LPI · Artículo 80

Artículo 80del Ley de Propiedad Industrial

Signos Inadmisibles

Título II. De las marcas y otros signos distintivos · Capítulo VIII. Indicaciones geograficas y denominaciones de origen · Sección Uno. Indicaciones geograficas

No podrá inscribirse como indicación geográfica o denominación de origen un signo que:

a)No corresponda a las definiciones contenidas en el artículo 4 de esta Ley;

b)Sea contrario a las buenas costumbres, la moral o al orden público, o pudiera inducir al público a error sobre la procedencia geográfica, la naturaleza, el modo de fabricación, las características o cualidades, o la aptitud para el empleo o el consumo de los respectivos productos;

c)Sea considerado como un nombre genérico. Para tal efecto, se considerará que una indicación geográfica o denominación de origen es genérica cuando el nombre del producto, aunque se refiera al lugar o región en que dicho producto se haya producido o comercializado inicialmente, haya pasado a ser el nombre común del producto en Guatemala;

d)Corresponda a/o entre en conflicto con el nombre de una variedad vegetal o de raza animal y, por motivo de los productos que identifica, pueda inducir a error al consumidor en cuanto al verdadero origen del producto;

e)Sea igual o confusamente similar a una marca o a un elemento de ésta, previamente solicitada o registrada de buena fe, para productos iguales o similares; o,

f)Sea igual o confusamente similar a una marca notoriamente conocida cuando su protección pueda inducir a error al consumidor en cuanto a la verdadera identidad del producto.

Podrá registrarse una indiciación geográfica o una denominación de origen acompañada del nombre genérico del producto o de una expresión relacionada con ese producto, pero la protección no se extenderá a éstos. *Reformado por el Artículo 14, del Decreto Número 3-2013 el 226-06-2013.

Cómo citar

Art. 80, Ley de Propiedad Industrial de Guatemala (Decreto 57-2000), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-propiedad-industrial/articulo-80/

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Fuente

Ley de Propiedad Industrial (Decreto 57-2000 del Congreso de la República). Texto según Registro de la Propiedad Intelectual (rpi.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.