Artículo 10del Ley de Protección al Consumidor
Limitaciones
Capítulo II. Comunicación h) Publicidad · Sección II. Organizaciones de los consumidores y usuarios
Las organizaciones de consumidores o usuarios en ningún caso podrán:
a)Tener fines de lucro.
b)Percibir ayudas, donaciones y subvenciones de los proveedores.
c)Realizar publicidad o difundir comunicaciones que sobrepasen las finalidades establecidas en sus estatutos y en esta Ley.
d)Ejercer finalidades distintas a las establecidas en el artículo anterior.