Artículo 13 de la Ley de Supervisión Financiera
Incompatibilidad
Capítulo II. Organizacion de la Superintendencia de Bancos
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Superintendente de Bancos y sus subalternos no podrán ser directores, funcionarios, empleados o asesores de las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, ni auditores externos, socios o miembros de firmas de auditoría que presten sus servicios a tales entidades.