LSF · Art. 13

Artículo 13 de la Ley de Supervisión Financiera

Incompatibilidad

Capítulo II. Organizacion de la Superintendencia de Bancos

Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

El Superintendente de Bancos y sus subalternos no podrán ser directores, funcionarios, empleados o asesores de las entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, ni auditores externos, socios o miembros de firmas de auditoría que presten sus servicios a tales entidades.

Cómo citar

Art. 13, Ley de Supervisión Financiera de Guatemala (Decreto 18-2002), codicegt.com/ley-de-supervision-financiera/articulo-13/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley de Supervisión Financiera (Decreto 18-2002 del Congreso de la República). Texto según Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), edición del Decreto 18-2002 (2013).

Fuente oficial: Decreto 18-2002 — Banco de Guatemala (banguat.gob.gt).

Texto del Decreto 18-2002 según la edición del Banco de Guatemala (PDF de junio de 2013). La edición no anota reformas ni declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.