Artículo 22 de la Ley de Timbres Fiscales
De la fiscalización de entidades e instituciones no lucrativas
Título IV. De la administracion y fiscalizacion · Capítulo I. De la administracion y fiscalizacion del impuesto
Superintendencia de Administración Tributaria · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Están sujetas a verificaciones de auditoría, en cuanto a la aplicación de las exoneraciones aprobadas conforme esta ley, las asociaciones, fundaciones o instituciones de asistencia pública o de servicio social a la colectividad, culturales, gremiales, científicas, educativas, artísticas o deportivas; sindicatos de trabajadores e instituciones religiosas, siempre que estén autorizadas por la ley, que no tengan por objeto el lucro, que en ninguna forma distribuyan utilidades entre sus asociados o integrantes, que sus fondos no los destinen a fines distintos a los previstos en sus estatutos y solamente por aquellos actos o contratos necesarios para la consecución de sus fines.