Artículo 72 de la Ley de Vivienda
Emisión de reglamentos
Título VI. Disposiciones derogatorias, transitorias y finales · Capítulo I. Disposiciones transitorias
scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Para la implementación de esta Ley continuará operando el Acuerdo Gubernativo Número 286-98, hasta la efectiva entrada en vigencia de los reglamentos que procedan, mismos que deberán ser emitidos en un término no mayor de 180 días.