Artículo 50 de la Ley del Organismo Ejecutivo
Reglamento orgánico interno de las secretarías de la presidencia
Capítulo VI. Disposiciones transitorias
Oficina Nacional de Servicio Civil · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
En un plazo no mayor de noventa (90) días después de entrar en vigencia esta ley, los titulares de las Secretarías de la Presidencia establecidas por los artículos 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 de la presente ley, deberán elaborar y proponer al Presidente de la República, para su aprobación, el proyecto de reglamento orgánico interno de la Secretaría a su cargo, en el que se han de establecer la estructura, organización y funciones de sus dependencias, conforme a esta ley.