LEPP · Artículo 112

Artículo 112del Ley Electoral y de Partidos Políticos

Sanciones

Libro Dos. Organizaciones políticas · Título Tres. Comités cívicos electorales · Capítulo Cuatro. Sanciones

A los comités cívicos se les podrá sancionar con multa conforme a lo establecido en el artículo 90, incisos b), c), e), y f) de esta ley.

Cómo citar

Art. 112, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-112/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según Tribunal Supremo Electoral (edición 2023). Fecha de corte no indicada en la fuente.