LEPP · Artículo 111

Artículo 111del Ley Electoral y de Partidos Políticos

Normas Supletorias

Libro Dos. Organizaciones políticas · Título Tres. Comités cívicos electorales · Capítulo Cuatro. Sanciones

Los comités cívicos podrán ser sancionados por el Registro de Ciudadanos, si infringen las normas legales que rigen su constitución y funcionamiento, con las sanciones que señala el artículo 88 de esta ley.

Cómo citar

Art. 111, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-111/

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Fuente

Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según Tribunal Supremo Electoral (edición 2023). Fecha de corte no indicada en la fuente.