Artículo 145del Ley Electoral y de Partidos Políticos
Ausencia del Secretario General
Reformado
Libro Tres. Autoridades y órganos electorales · Título Uno. Tribunal Supremo Electoral · Capítulo Cuatro. Secretario General del Tribunal Supremo Electoral
En ausencia temporal del Secretario General lo sustituirá la persona que el tribunal designe y que reúna las mismas calidades.
* Reformado por el Artículo 29 del Decreto Número 74-87 del Congreso de la República el 27-11-1987. * Reformado por el Artículo 86 del Decreto Número 10-04 del Congreso de la República el 26-05-2004.