Artículo 227del Ley Electoral y de Partidos Políticos
De los documentos
Libro Cuatro. Proceso Electoral · Título Único. Desarrollo del proceso electoral · Capítulo Seis. Documentos y materiales electorales
Para cada sufragio, las Juntas Receptoras de Votos deberán contar, como mínimo, con los siguientes documentos:
a)El padrón electoral respectivo;
b)Libro de actas;
c)Instructivo para la apertura y cierre de actas;
d)Formularios impresos para que presenten las impugnaciones que consideren convenientes, los fiscales debidamente acreditados de cada organización política;
e)Cuadro de control del número de votantes;
f)Papeletas electorales;
g)Los demás documentos que indique el reglamento respectivo.