Artículo 241del Ley Electoral y de Partidos Políticos
De la custodia
Libro Cuatro. Proceso Electoral · Título Único. Desarrollo del proceso electoral · Capítulo Ocho. Verificación y calificación De los documentos electorales
Para la protección de los sacos que contienen la documentación electoral, las autoridades de policía deberán proporcionar a las Juntas Electorales Municipales el número de custodios necesarios. Las Juntas Electorales Municipales deberán nombrar acompañantes, en calidad de supervisores oficiales, y las organizaciones políticas podrán designar fiscales para el traslado.