Artículo 95del Ley Electoral y de Partidos Políticos
Resolución y prohibiciones
Reformado
Libro Dos. Organizaciones políticas · Título Dos. Partidos políticos · Capítulo Ocho. Sanciones
Firme la resolución que ordene la cancelación de un partido político, el Registro de Ciudadanos procederá a efectuar las anotaciones correspondientes en todas sus inscripciones. El nombre y símbolo o emblema del partido cancelado no podrán ser usados ni registrados por ninguna organización política antes de diez años.
La resolución que acuerde la suspensión o la cancelación de un partido político deberá publicarse en el diario oficial y en otros dos diarios de circulación, en un plazo de quince días.
* Reformado por el Artículo 56 del Decreto Número 10-04 del Congreso de la República el 26-05-2004.