Artículo 97del Ley Electoral y de Partidos Políticos
Definición de comités
Reformado
Libro Dos. Organizaciones políticas · Título Tres. Comités cívicos electorales · Capítulo Uno. Disposiciones Generales
Los comités cívicos electorales son organizaciones políticas de carácter temporal, que representan sectores sociales y corrientes de opinión y pensamiento político que postulan candidatos a cargos de elección popular, para integrar corporaciones municipales.”
25-05-2016.
*Reformado por el artículo 27 del Decreto Número 26-2016 del Congreso de la República el