LFor · Artículo 112

Artículo 112del Ley Forestal

Participación y representaciones del INAB

Título X. Disposiciones transitorias y derogatorias · Capítulo Único

En todos los consejos, directivas, organizaciones o instituciones, en los que hoy participa la Dirección General de Bosques y Vida Silvestre (DIGEBOS), participará el Instituto Nacional de Bosques (INAB) en las mismas condiciones y con iguales atribuciones.

Cómo citar

Art. 112, Ley Forestal de Guatemala (Decreto 101-96), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-forestal/articulo-112/

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Fuente

Ley Forestal (Decreto 101-96 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.