IUSI · Art. 5

Artículo 5 de la Ley del IUSI

Actualización del valor fiscal

Título I. Del impuesto, objeto, sujetos, tasas y exenciones · Capítulo II. Del objeto del impuesto

Municipalidad de San Miguel Dueñas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

El valor de un inmueble se determina:

1.Por autoavalúo presentado por los contribuyentes conforme a las condiciones a que se refiere esta ley;

2.Por avalúo directo de cada inmueble, que practique o apruebe la Dirección o en su caso la municipalidad cuando ya esté administrando el impuesto, conforme el manual de avalúos elaborado por el Ministerio de Finanzas Públicas y mediante los procedimientos previamente aprobados por el Concejo Municipal;

3.Por avalúo técnico practicado por valuador autorizado por la Dirección a requerimiento del propietario; este avalúo deberá presentarse en certificación bajo juramento, firmado por el propietario o su representante legal y el valuador autorizado; y,

4.Por nuevos valores consignados en el aviso notarial a que dé lugar la enajenación o transferencia por cualquier título de bienes inmuebles.

Cuando los valores consignados en los numerales anteriores, sean menores a los valores registrados en la matrícula fiscal, no serán operados por la Dirección o la municipalidad respectiva.

Cómo citar

Art. 5, Ley del IUSI de Guatemala (Decreto 15-98), codicegt.com/ley-iusi/articulo-5/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Ley del IUSI (Decreto 15-98 del Congreso de la República). Texto según Municipalidad de San Miguel Dueñas (munisanmiguelduenas.gob.gt), copia del Decreto 15-98 en PDF con capa de texto.

Fuente oficial: Decreto 15-98 — Municipalidad de San Miguel Dueñas (munisanmiguelduenas.gob.gt).

Texto original del Decreto 15-98 (que derogó el Decreto 122-97 y restableció el Decreto 62-87). Reforma posterior que no se incorpora: el Decreto 18-2026 del Congreso, según el Ministerio de Finanzas Públicas (minfin.gob.gt), reforma el Decreto 15-98. Su texto y su fecha de vigencia no se verificaron en una fuente de texto; la fuente de la copia no declara fecha de corte.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.