LPINA · Artículo Transitorio 15

Artículo Transitorio 15del Ley PINA

Libro III. Disposiciones adjetivas · Título II. Adolescentes en conflicto con la ley penal · Capítulo VIII. Sanciones socioeducativas · Sección IV. Disposiciones transitorias

Para la ejecución, control y eficacia de sus atribuciones, la Comisión Nacional de la Niñez y la Adolescencia deberá presentar su propuesta de reglamento interno a la Presidencia de la República para su promulgación dentro de los primeros seis meses de su conformación.

Cómo citar

Art. Transitorio 15, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-t15/

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Fuente

Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA. Fecha de corte no indicada en la fuente.