LVET · Artículo 62

Artículo 62del Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata

Legislación aplicable

Título VI. Protección de testigos de trata de personas

Para la protección de los testigos de trata de personas, se tomarán en cuenta las disposiciones mencionadas en el Decreto Número 70-96 del Congreso de la República, Ley para la protección de sujetos procesales y personas vinculadas a la administración de justicia penal.

Cómo citar

Art. 62, Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Guatemala (Decreto 9-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-vet/articulo-62/

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Fuente

Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata (Decreto 9-2009 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.