Artículo 62del Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata
Legislación aplicable
Título VI. Protección de testigos de trata de personas
Para la protección de los testigos de trata de personas, se tomarán en cuenta las disposiciones mencionadas en el Decreto Número 70-96 del Congreso de la República, Ley para la protección de sujetos procesales y personas vinculadas a la administración de justicia penal.