Artículo 232 del Código de Comercio
Responsabilidad del Excluido o Separado
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título I. Comerciantes · Capítulo XI. De la disolucion y liquidacion de las sociedades · Sección Primera. Disolución parcial DE LA EXCLUSION Y SEPARACION DE LOS SOCIOS
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El socio que se separe o fuere excluido de una sociedad, quedará responsable para con los terceros, de todas las operaciones pendientes en el momento de la separación o exclusión, según la naturaleza de la sociedad.
El pacto en contrario no producirá efecto en perjuicio de terceros.