Artículo 131del Código de Migración
Funciones generales
Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo III. Instituto Guatemalteco de Migración · Sección I. Director General
Son funciones generales del Director General, además de aquellas que sean dispuestas en otros instrumentos jurídicos, las siguientes:
1.Procurar en todo momento el libre acceso al derecho de migrar de toda persona y no imponer más límites que los establecidos en la legislación nacional, así como en los tratados y convenios aprobados y ratificados por Guatemala en materia de derechos humanos, derecho de refugiados, derecho humanitario y derecho penal internacional.
2.Dirigir el Instituto Guatemalteco de Migración de conformidad con la política nacional migratoria, este Código y la legislación nacional.
3.Ejecutar la Política Migratoria Nacional y establecer las disposiciones administrativas para el efecto.
4.Representar legalmente al Instituto Guatemalteco de Migración.
5.Someter a consideración y aprobación de la Autoridad Migratoria el plan estratégico y anual del Instituto Guatemalteco de Migración. De igual forma el proyecto de presupuesto anual.
6.Emitir el reglamento general y específicos para aprobación de la Autoridad Migratoria Nacional.
7.Adquirir bienes y servicios para el Instituto Guatemalteco de Migración.
8.Firmar contratos para el cumplimiento de los fines del Instituto Guatemalteco de Migración.
9.Suscribir acuerdos, cartas de entendimiento y convenios con instituciones civiles de cooperación, nacionales o internacionales.
10.Nombrar y remover a los sub directores de migración.
11.Integrar la Autoridad Migratoria Nacional.