Artículo 188del Código de Migración
Procedimiento general
Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título II. Procedimientos · Capítulo III. Criterios generales para los procedimientos de regularización de personas extranjeras
El proceso de regularización dará inicio con la presentación de la solicitud ante el Instituto Guatemalteco de Migración, con excepción de lo dispuesto en los artículos 181 y 182 del presente Código, cumpliendo con los requisitos y adjuntando los documentos que se establezcan en cada caso.