CMig · Artículo 188

Artículo 188del Código de Migración

Procedimiento general

Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título II. Procedimientos · Capítulo III. Criterios generales para los procedimientos de regularización de personas extranjeras

El proceso de regularización dará inicio con la presentación de la solicitud ante el Instituto Guatemalteco de Migración, con excepción de lo dispuesto en los artículos 181 y 182 del presente Código, cumpliendo con los requisitos y adjuntando los documentos que se establezcan en cada caso.

Cómo citar

Art. 188, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-188/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.