Artículo 69del Código de Migración
Ingresos a solicitud de autoridad competente
Libro I. Derechos en General · Título II. Derecho Migratorio · Capítulo III. Ingreso de personas extranjeras a Guatemala
Los extranjeros que sean requeridos para declarar como testigos, víctimas o como peritos dentro de procesos del sistema de justicia guatemalteco, y aquellos que sean requeridos por autoridad judicial o del ejecutivo para gestiones personales, pueden obtener permiso especial de ingreso.
El formulario correspondiente será el definido en el reglamento.