Artículo 273del Código Penal
Apropiación irregular
Libro Segundo. Parte especial · Título VI. De los delitos contra el patrimonio · Capítulo VI. De las apropiaciones indebidas
Comete el delito de apropiación irregular, quien:
1º.Tomare dinero u otro bien mueble que encontrare perdido y no le pertenezca.
2º.Habiendo encontrado un tesoro lo tomare en todo o en parte, o tomare la cuota que, según la ley, corresponda al dueño del inmueble.
3º.Tomare cosa ajena que haya llegado a su poder por error o caso fortuito.
Los responsables serán sancionados con prisión de dos meses a dos años y multa de cincuenta a dos mil quetzales.