Artículo 67del Código Penal
Enfermedad mental del detenido
Libro Primero. Parte general · Título VI. De las penas · Capítulo II. De la aplicación de las penas
Si el delincuente enfermare mentalmente después de pronunciada sentencia, se suspenderá su ejecución, en cuanto a la pena personal. Al recobrar el penado su salud mental, cumplirá su pena.
En igual forma se procederá cuando la enfermedad mental sobreviniere hallándose el penado cumpliendo condena.