CPCYM · Artículo 210

Artículo 210del Código Procesal Civil y Mercantil

Ejecución de sentencias

Libro Segundo. Procesos de conocimiento · Título II. Juicio oral · Capítulo II. Procedimiento

La ejecución de sentencias se llevará a cabo en la forma establecida en este Código, pero los términos se entenderán reducidos a la mitad.

Cómo citar

Art. 210, Código Procesal Civil y Mercantil de Guatemala (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-procesal-civil-y-mercantil/articulo-210/

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Fuente

Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto-Ley 107 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según Municipalidad de Zaragoza (zaragoza.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.