Artículo 243del Código Procesal Civil y Mercantil
Recursos
Libro Segundo. Procesos de conocimiento · Título III. Juicio sumario · Capítulo III. Juicios sobre arrendamientos y desahucio
Sólo son apelables los autos que resuelvan las excepciones previas y la sentencia. Para que se conceda el recurso de apelación, el arrendatario apelante debe acompañar a su solicitud el documento que compruebe el pago corriente de los alquileres o haber consignado la renta dentro del juicio.