Artículo 4del Código Procesal Civil y Mercantil
Casos de prórroga de competencia
Libro Primero. Disposiciones generales · Título I. Jurisdiccion ordinaria · Capítulo I. Jurisdiccion y competencia
Se prorroga la competencia del juez:
1º.Cuando deban conocer jueces de otra jurisdicción territorial, por falta o impedimento de los jueces competentes.
2º.Por sometimiento expreso de las partes.
3º.Por contestarse la demanda, sin oponer incompetencia.
4º.Por la reconvención, cuando ésta proceda legalmente.
5º.Por la acumulación.
6º.Por otorgarse fianza a la persona del obligado.