CPP · Artículo 434

Artículo 434del Código Procesal Penal

Medidas de coerción y libertad del acusado

Libro Tercero. Impugnaciones · Título V. Apelación especial · Capítulo III. Sentencia

Durante el trámite del recurso corresponde al tribunal la aplicación de todas las reglas que regulan la libertad del acusado.

El tribunal ordenará inmediatamente la libertad del acusado, cuando por efecto de su decisión deba cesar la detención.

Cómo citar

Art. 434, Código Procesal Penal de Guatemala (Decreto 51-92), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-434/

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Fuente

Código Procesal Penal (Decreto 51-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de enero de 2024.