Artículo 439del Código Procesal Penal
Motivos
Libro Tercero. Impugnaciones · Título VI. Casación
El recurso de casación puede ser de forma o de fondo. Es de forma, cuando verse sobre violaciones esenciales del procedimiento. Es de fondo, si se refiere a infracciones de la ley que influyeron decisivamente en la parte resolutiva de la sentencia o auto recurridos.