Artículo 444del Código Procesal Penal
Trámite
Libro Tercero. Impugnaciones · Título VI. Casación
Si el escrito de interposición del recurso contuviere todos los requisitos mencionados, la Corte Suprema de Justicia declarará la admisibilidad, pedirá los autos y señalará día y hora para la vista.