Artículo 473del Código Procesal Penal
Protección especial
Libro Cuarto. Procedimientos específicos · Título II. Procedimiento especial de averiguación
La Corte Suprema de Justicia proporcionará protección al querellante, a los testigos y demás sujetos que intervengan en la prueba cuando existan fundados temores de que puedan ser víctimas de cualquier atropello.