Artículo 254del Constitución
Gobierno municipal
Reformado
Título V. Estructura y organización del Estado · Capítulo VII. Régimen municipal
El gobierno municipal será ejercido por un concejo el cual se integra con el alcalde, los síndicos y concejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un período de cuatro años, pudiendo ser reelectos.
(Reformado por el Artículo 35. del Acuerdo Legislativo 18-93).