Artículo 28del Ley de lo Contencioso Administrativo
Título II. Proceso contencioso administrativo · Capítulo II. Demanda
CONTENIDO.
El memorial de demanda deberá contener:
I.Designación de la Sala de Tribunal de lo Contenciosos Administrativo al cual se dirige.
II.Nombre del demandante o su representante, indicación del lugar donde recibirá notificaciones y nombre del abogado bajo cuya dirección y procuración actúa;
III.Si se actúa en representación de otra persona, la designación de ésta y la identificación del titulo de representación, el cual acompañará en original o en fotocopia legalizada;
IV.Indicación precisa del órgano administrativo, a quien se demanda y el lugar en donde puede ser notificado;
V.Identificación del expediente administrativo, de la resolución que se controvierte, de la última notificación al actor, de las personas que aparezcan con interés en el expediente y del lugar en donde éstas pueden ser notificadas, todo ello cuando fuere el caso;
VI.Relación de los hechos y los fundamentos de derechos en que se base la demanda;
VII.El ofrecimiento de los medios de prueba que rendirá;
VIII.Las peticiones de trámite y de fondo;
IX.Lugar y fecha;
X.Firma del demandante. Si éste no sabe o no puede firmar, lo hará a su ruego otra persona, cuyo nombre se indicará, o el abogado que lo auxilie; y
XI.Firma y sello del abogado director o abogados directores.