LCN · Artículo 31

Artículo 31del Ley contra la Narcoactividad

Oportunidad

Capítulo VI. De las responsabilidades civiles

El Ministerio Público, en representación de la sociedad, deberá ejercer la acción civil conjuntamente con la acción penal y ambas se deducirán conforme las normas del proceso penal.

Cómo citar

Art. 31, Ley contra la Narcoactividad de Guatemala (Decreto 48-92), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-contra-la-narcoactividad/articulo-31/

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Fuente

Ley contra la Narcoactividad (Decreto 48-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.